ABORTO TERAPÉUTICO
¿Qué decisión tomar?
lunes, 16 de noviembre de 2015
Presentación
En el presente trabajo investigación pretendemos como grupo hacer un análisis crítico referente al tema del aborto, específicamente el aborto terapéutico en Chile, respondiendo preguntas básicas como: ¿Qué es el aborto?, ¿Qué se considera aborto terapéutico?, ¿Qué dice la iglesia católica frente al aborto?, ¿Qué estado actual podemos apreciar frente a la aprobación de una ley de aborto terapéutico de libre elección en Chile?, etc. Este informe pretende que el lector pueda tener una idea global sobre el aborto terapéutico en Chile, las distintas visiones pertenecientes a distintos grupos, tanto políticos como eclesiásticos y también que pueda ser capaz de formar una opinión propia y sólida frente a este tema tan polémico, del cual no podemos estar ajenos e indiferentes como ciudadanos chilenos.
Introducción
El aborto en general se define como “interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo antes de que el embrión o el feto estén en condiciones de vivir fuera del vientre materno”.
El aborto terapéutico, específicamente, se define como el aborto inducido que se hace por razones médicas, tanto porque arriesga la salud y vida de la madre, la vida de los hijos en embarazos múltiples y por la misma vida del feto por nacer, debido a malformaciones que provoquen sufrimiento en el feto.
Chile es uno de los seis estados que prohíbe el aborto terapéutico en todos los casos.
en este trabajo abordaremos el aborto terapéutico en chile específicamente, enfatizando en los mitos que hay sobre él, el nuevo proyecto de ley en el que actualmente se está trabajando y en que se trata este aborto inducido concretamente, intentando aclarar las dudas al respecto y derribando los mitos que hay al respecto.
Contexto histórico: El aborto en Chile ha sido un tema controversial en nuestra realidad, un tema de contingencia nacional que cada vez toma más potencia al manifestarse diferentes posturas: una a favor de la aprobación de una ley de aborto terapéutico de libre opción, y otras orientadas a la mantención y promoción de la vida. Este tema ha ido evolucionando (o involucionando si así se quiere) en el transcurso histórico de nuestro país, considerando algunas fechas como claves en la penalización y despenalización de la ley de aborto en Chile:
1. Delito por aborto en el Código Penal de Chile de 1874
Chile tiene una cultura fuertemente influenciada por los valores cristianos. Desde el Chile colonial, el aborto se ve como una conducta inmoral, en contra de estos valores cristianos, sin embargo, se realizaron abortos mediante infusiones, yerbas y otros métodos naturales. El Código Penal, en vigor desde 1875, pasó a castigar el delito de aborto.
2. Legalización del aborto terapéutico (1931)
Durante el gobierno de Carlos Ibáñez del Campo, se legalizó el aborto terapéutico considerándose en Código Sanitario para ciertos parámetros definidos por ley. El número de abortos fue en crecimiento, junto con la elevada natalidad que el país alcanzó hacia la década de 1960. Esta protección oficial al aborto se vio reforzada por la difusión de métodos anticonceptivos iniciados en el gobierno democratacristiano de Eduardo Frei Montalva.
Posteriormente en 1984, el Código Sanitario establece:
"Del ejercicio de la medicina y profesiones afines", Art. 119: «Sólo con fines terapéuticos se podrá interrumpir un embarazo. Para proceder a esta intervención se requerirá la opinión documentada de dos médicos-cirujanos».
En 1989, se modifica el artículo 119, donde se prescribe lo siguiente: «No podrá ejecutarse ninguna acción cuyo fin sea provocar el aborto», anulando además las disposiciones de 1931.
Frente a este radical cambio, Chile pasó a ser un país con políticas de Estado que protege la vida del ser concebido (que en términos jurídicos se denomina nasciturus), no permitiendo el aborto, incluso, en caso de incesto ni violación, sin embargo, la tasa de mortalidad materna no se vió aumentada, como se predijo, sino que fue disminuyendo con el paso de los años.
3. Intentos fracasados de despenalización del aborto (1990-2013)
En la transición a la democracia iniciada en 1990, partidos pertenecientes a la Concertación de Partidos por la Democracia presentaron una serie de proyectos de ley, que infructuosamente trataron de emular la idea concebida en 1931 respecto al aborto terapéutico.
Dichos proyectos han contado con la oposición del Partido Demócrata Cristiano y los partidos de la Alianza (más notoriamente la UDI), considerando al aborto terapéutico como una idea embrollada que trata de enmascarar el acceso al aborto libre.
En 2011 el presidente Sebastián Piñera planteó que usará su poder constitucional de prohibición en caso de aprobarse en el Congreso un proyecto de ley de aborto terapéutico. En el informe de la Comisión de Derechos Humanos para el año 2013, Piñera nuevamente manifestó su rechazo al aborto.
Justificaciones médicas para el aborto terapéutico:
3.1 Riesgo grave para la vida de la madre:
Guarda relación cuando, por la continuación del embarazo o el parto, significan un grave riesgo para la vida de madre, por lo que se accede al aborto, para así no perder, además de la vida del embrión, la vida de la madre, priorizando la vida de ésta.
Si las probabilidades de sobrevivencia del feto o embrión en la madre es demasiado bajo, se optará por este aborto, en donde se explicó anteriormente, para no perjudicar la vida de la madre. La madre tras tener este embarazo con dificultades, se prioriza la vida de la ella por razones casi de sentido común, ya que si la madre fallece, la probabilidad de que viva el feto, es demasiado baja, en cambio, si la madre es la que permanece viva tras esta intervención, puede, a futuro, tener la posibilidad de volver a embarazarse y desarrollar un período y parto normal (solo en algunas ocasiones, debido a que la mayoría de estas complicaciones se deben a una anomalía en la madre, ya sea en sus órganos o en la cantidad de hormonas, entre otras, y no se deben específicamente a algún problema relacionado con el feto en sí). Aunque no se debe dejar de lado, y hay que dejar bien en claro que este aborto terapéutico es programado y se realizan una serie de exámenes y estudios tanto del feto como de la madre, para llegar a una conclusión, que puede llegar a ser el aborto del feto. Pero siempre se va a priorizar la vida ante todo, tanto de la madre como del embrión.
3.2 Protección de la salud mental de la madre:
la salud mental se define por la OMS como el bienestar que permite a cada individuo realizar su potencial, enfrentarse a las dificultades de la vida, y realizar sus actividades diarias de manera productiva. Debemos entender que la mujer en el embarazo sufre cambios físicos y mentales, debiendo a adaptarse a un cambio repentino de sí misma. es por ello que la vida reproductiva de la mujer puede poner en riesgo la salud mental de la madre, provocando apariciones de trastornos psiquiátricos. recordemos que la mujer en este periodo se ve afectada por hormonas, que pueden provocar problemas tanto física como mentalmente.
Por antecedentes familiares de problemas mentales, las mujeres poseen un alto riesgo de desarrollar estos trastornos en caso de un embarazo. Mayor influencia es en embarazos no deseados, donde la mujer se expone a prejuicios sociales. además, en este tipo de embarazos, generalmente la madre aloja un resentimiento y hostilidad contra el hijo, y también contra sí misma, que en casos más graves, podría terminar con el suicidio de la madre o el asesinato del hijo por parte de la madre.
Así, los médicos también avalan el aborto en estos casos tan extremos.
3.3 Riesgo de enfermedad congénita:
Esto se hace en casos de que el feto posea una enfermedad congénita o genética muy grave, pudiendo ser fatal o que lo lleve a tener una discapacidad muy grave que lo pongan en riesgo mortal, o incluso de padecimiento de gran dolor debido a esta discapacidad. Esto además posee el riesgo de heredar esta enfermedad a futuras generaciones.
Hay enfermedades que condenan al feto a tener una vida deplorable, dependiente y con un plazo de vida corto. Un ejemplo de esto es la Osteogénesis imperfecta del tipo II, que consiste en una enfermedad grave a los huesos donde pueden fracturarse fácilmente, produciendo gran dolor. El tipo II es la forma más severa, pudiendo tener fracturas incluso intrauterinas que lo llevan a gran sufrimiento. En estos casos, el feto muere a las horas o pocos días de haber nacido.
Es por ello, tanto para evitar el sufrimiento del feto como de los padres, se prefiere terminar el embarazo ya que no hay cura para este tipo de patologías.
3.4 Reducción de embriones en embarazos múltiples: también llamado aborto selectivo. Los embarazos múltiples presentan un gran riesgo para la madre y para los mismos embriones. en caso de embarazos muy riesgosos se puede abortar a algunos embriones hasta que el número de embriones que quede, no presente tanto riesgo.
3.5 Riesgos para la vida del hijo:
Trata cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo grave para la vida del hijo, ya sea porque viene con una malformación, o tiene un muy alto riesgo de muerte dolorosa al momento o poco después del nacimiento.
otros:
3.6 Daños psicológicos de la madre: Este aspecto lo podemos diferenciar de la salud mental, o más bien, especificarlo un poco más. Estos daños son causados plenamente por la muerte del hijo que viene en camino, o sus pocas posibilidades de vida. Si este llegase a morir(que es lo más probable), deja a la madre abierta a desarrollar alguna depresión a causa de él. Es por esto que el aborto terapéutico, se evita dejar expuesta a la madre a cargar con el sufrimiento, de tener a un bebé muerto durante nueve meses o de que nazca y muera.
Aborto terapéutico en Chile:
En relación a las leyes que están en proceso y archivadas, nos hemos dado cuenta que en la cámara de diputados hay una gran cantidad de proyectos que se han tramitado, siendo algunos archivados, o sea, que llevan más de dos años sin que los discutan, y otros, en cambio, fueron rechazados.
Estamos hablando por ejemplo de la ley que despenaliza el aborto terapéutico, eugenésico o en caso de violación, este es uno de los proyectos de ley que está archivado en la cámara de diputados, o sea, sin ser discutido durante más o menos dos años, también hay otros como el que despenaliza la interrupción del embarazo por razones médicas, el cual fue rechazado en esta cámara, pero hay una gran cantidad de proyectos que siguen en tramitación de acuerdo a este tema, que sería la interrupción legal del embarazo por razones terapéuticas, dictada el 7 de mayo del 2013, la cual está aún en tramitación.
En la actualidad, la ley que nos rige en torno al aborto es la siguiente, que es parte del código penal chileno:
La mujer que causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, será castigada con presidio menor en su grado máximo.
Si lo hiciere por ocultar su deshonra, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado medio. Chile Artículo 344 Código Penal.
Postura de la Iglesia Católica sobre el aborto terapéutico
La Iglesia Católica entiende por aborto la muerte provocada del feto, realizada por cualquier método y en cualquier momento del embarazo desde el instante mismo de la concepción. Así ha sido declarado el 23 de mayo de 1988 por la Comisión para la Interpretación Auténtica del Código de Derecho Canónico.
¨Quién consiente y deliberadamente practica un aborto, acepta que se lo practiquen o presta una colaboración indispensable a su realización, incurre en una culpa moral y en una pena canónica, es decir, comete un pecado y un delito¨
Podemos entender como culpa moral a ¨un pecado grave contra el valor sagrado de la vida humana. El quinto Mandamiento ordena no matar. Es un pecado excepcionalmente grave, porque la víctima es inocente e indefensa y su muerte es causada precisamente por quienes tienen una especial obligación de velar por su vida.¨. Y como pena canónica a ¨una sanción que la Iglesia impone a algunas conductas particularmente relevantes, y que está establecida en el Código de Derecho Canónico, vigente para todos los católicos.¨.
Tomando en cuenta que chile es un país mayoritariamente católico, la Iglesia Católica en particular, se opone en todos sus aspectos al aborto en todas sus causas.
conclusiones
Podemos sintetizar nuestro pensamiento apoyando el aborto terapéutico por todas las razones mencionadas y tratadas anteriormente. Concluimos que las razones que avalan el aborto son de mayor peso, por lo que creemos que este traería más beneficios para la madre en esta situación que alguna ´pérdida´, refiriéndonos a la muerte del bebé.
Evitamos distintos tipos de sufrimientos y enfermedades para la madre, como lo son: daños psicológicos permanentes (como es la pérdida de un hijo al nacer, depresiones varias),y daños físicos (ya el hecho de estar embarazada trae consigo dificultades físicas, más aún si el niño viene sin vida), despilfarro económico innecesario.
Refiriéndonos a la vida del bebé podemos favorecer su calidad de vida si se le puede llamar así, porque la gran mayoría de las veces cuando se opta por este método de aborto, el bebé lleva consigo una enfermedad congénita, o simplemente su cuerpo no está apto para la vida (debido a diversas causas que pudiesen ocurrir mientras la madre lo esperaba, ya sean problemas genéticos de esta u otros inconvenientes fisiológicos del momento, o simplemente algún daño propio del bebé como lo son mutaciones o mal desarrollo de él.), lo que lo llevaría a la muerte en el útero, al momento de nacer u horas después del parto. Si llegase a vivir, tendría una vida paupérrima, llena de sufrimientos tanto físicos como mentales. Es además por esto, que también cuenta como un alivio para sus padres.
En términos legales, como ya vimos, las leyes que nos rigen de acuerdo al aborto, son rotundas, tal como lo expone el código penal chileno. Pero nos parece aceptable y favorable para el futuro el que se estén tramitando una serie de proyectos de ley en relación al tema, buscando variantes y aplicándolas en casos más particulares y no generalizando. Además ponemos énfasis en que las leyes que se estén tramitando, sean lo más específicas y aplicables a cada uno de los casos que puedan ocurrir, para así no caer en confusiones o indecisiones en relación a casos difíciles o particulares de aborto terapéutico.
Podemos sintetizar nuestro pensamiento apoyando el aborto terapéutico por todas las razones mencionadas y tratadas anteriormente. Concluimos que las razones que avalan el aborto son de mayor peso, por lo que creemos que este traería más beneficios para la madre en esta situación que alguna ´pérdida´, refiriéndonos a la muerte del bebé.
Evitamos distintos tipos de sufrimientos y enfermedades para la madre, como lo son: daños psicológicos permanentes (como es la pérdida de un hijo al nacer, depresiones varias),y daños físicos (ya el hecho de estar embarazada trae consigo dificultades físicas, más aún si el niño viene sin vida), despilfarro económico innecesario.
Refiriéndonos a la vida del bebé podemos favorecer su calidad de vida si se le puede llamar así, porque la gran mayoría de las veces cuando se opta por este método de aborto, el bebé lleva consigo una enfermedad congénita, o simplemente su cuerpo no está apto para la vida (debido a diversas causas que pudiesen ocurrir mientras la madre lo esperaba, ya sean problemas genéticos de esta u otros inconvenientes fisiológicos del momento, o simplemente algún daño propio del bebé como lo son mutaciones o mal desarrollo de él.), lo que lo llevaría a la muerte en el útero, al momento de nacer u horas después del parto. Si llegase a vivir, tendría una vida paupérrima, llena de sufrimientos tanto físicos como mentales. Es además por esto, que también cuenta como un alivio para sus padres.
En términos legales, como ya vimos, las leyes que nos rigen de acuerdo al aborto, son rotundas, tal como lo expone el código penal chileno. Pero nos parece aceptable y favorable para el futuro el que se estén tramitando una serie de proyectos de ley en relación al tema, buscando variantes y aplicándolas en casos más particulares y no generalizando. Además ponemos énfasis en que las leyes que se estén tramitando, sean lo más específicas y aplicables a cada uno de los casos que puedan ocurrir, para así no caer en confusiones o indecisiones en relación a casos difíciles o particulares de aborto terapéutico.
Propuestas
Como grupo, creemos que el aborto terapéutico es una instancia netamente médica que vela por el bienestar de la madre y el feto. Debemos entender que en estos casos la madre y el padre son los más afectados junto con el feto, y que es una decisión de ellos finalmente. Los médicos solo pueden diagnosticar y dar su opinión al respecto, pero no pueden obligar a los padres a realizarlo.
Como sabemos, hay muchos mitos alrededor de el tema, debido a que no logra haber un consenso sobre qué es terapéutico. En primera instancia, proponemos que se debe explicar de manera clara y concisa a que se va a referir con terapéutico y cuales son los casos en los que se puede aplicar, es decir, que motivos médicos nos llevarían a hablar de que el feto es incompatible con la vida o en cuales casos la madre corre riesgo vital.
en segundo lugar, también creemos que es imprescindible el informar a la población chilena que es un aborto terapéutico, que significa que un feto sea incompatible con la vida, y principalmente, aclarar que este tipo de aborto se realiza solo con la autorización de la madre, en ningún caso se le obligaría a realizar tal cosa. Tenemos que aclarar que de aprobar el aborto terapéutico en Chile, significa que la madre tiene la opción de decidir si quiere continuar o no con estos tipos de embarazo, porque es su libertad de decisión
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